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La Justicia mantiene el cierre cautelar de «El Patio del Cuartel» y rechaza suspender el precinto municipal

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Las Palmas de Gran Canaria ha rechazado la medida cautelar solicitada por la empresa concesionaria de la cafetería conocida como El Patio del Cuartel, en la plaza Millares Sall de Puerto del Rosario, y ha decidido mantener el cierre del establecimiento mientras se resuelve el procedimiento judicial principal.

Redacción Radio Insular

Redacción Radio Insular

6 de febrero de 2026 a las 11:11

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El auto, dictado el 5 de febrero de 2026, analiza el recurso presentado por Grupo VIP Fuerteventura S.L. contra el decreto municipal que ordenó la suspensión inmediata de la actividad y el precinto del local por supuestos incumplimientos administrativos y de seguridad. La resolución no entra en el fondo del litigio, pero sí determina que, de momento, debe mantenerse la orden de cierre.

El origen del conflicto

El procedimiento judicial se inicia tras el decreto firmado el 19 de enero de 2026 por la Concejalía Delegada de Contratación del Ayuntamiento de Puerto del Rosario, en el que se acordó la suspensión de la actividad y el cierre del establecimiento hasta que se resolviera el procedimiento administrativo o se acreditara la subsanación de las deficiencias detectadas.

La empresa concesionaria recurrió esta decisión ante los tribunales y solicitó una medida cautelar urgente para suspender el cierre mientras se resolvía el procedimiento principal.

En su escrito, la parte demandante alegó la existencia de fumus boni iuris —apariencia de buen derecho— por la supuesta falta de motivación del cierre total y su desproporción frente a otras medidas menos gravosas. También invocó el periculum in mora, es decir, el riesgo de daños irreparables si se mantenía el precinto, citando la pérdida de clientela, el cierre del negocio y el impacto en los puestos de trabajo.

Además, defendía que el interés público podía salvaguardarse mediante medidas correctoras y control municipal sin necesidad de una clausura total.

Por su parte, el Ayuntamiento se opuso a la medida cautelar alegando que la actividad carecía de la licencia necesaria y que mantenerla abierta suponía un riesgo para el interés general, la seguridad y la salud de los usuarios.

La valoración del juzgado

El auto recuerda que, en materia de medidas cautelares, el tribunal debe ponderar los intereses en conflicto y determinar si la ejecución inmediata del acto administrativo puede causar perjuicios irreparables en caso de que posteriormente se estime el recurso.

En este sentido, el juez reconoce que, tal y como sostiene la empresa, el cierre del establecimiento puede provocar pérdidas económicas, pérdida de clientela y dificultades para la continuidad del negocio.

Sin embargo, también tiene en cuenta la posición de la Administración, que sostiene que la explotación de la cafetería sin las licencias preceptivas supone un riesgo para el interés público, la seguridad y la salud de los usuarios.

Tras analizar ambos intereses, el juzgado concluye que, en este caso, debe prevalecer el interés general de garantizar que la actividad se desarrolle de forma reglada y conforme a la normativa.

El auto señala que el interés general de garantizar una actividad ajustada a la legalidad es merecedor de tutela cautelar, por lo que resulta procedente mantener la orden administrativa de cierre mientras se resuelve el procedimiento judicial.

Decisión judicial: se mantiene el cierre

En la parte dispositiva, el juzgado acuerda levantar la suspensión cautelar solicitada por la empresa, lo que en la práctica significa que el precinto municipal continúa en vigor.

La resolución también establece que no se imponen costas a ninguna de las partes y recuerda que contra este auto cabe recurso de apelación en un plazo de quince días.

Un conflicto con repercusión pública

La decisión judicial llega tras varias semanas de tensión entre el concesionario, Álvaro Sanz, y el Ayuntamiento de Puerto del Rosario. El empresario ha denunciado públicamente lo que considera una actuación “arbitraria” y una “persecución” administrativa, asegurando que el cierre supone un grave perjuicio económico y laboral para las familias que dependen del negocio.

La polémica derivó incluso en una concentración de apoyo al concesionario coincidiendo con la celebración de un pleno municipal, donde se corearon consignas contra el consistorio. Por su parte, el Ayuntamiento ha defendido que la suspensión responde a incumplimientos de requisitos esenciales como la licencia de apertura, seguros obligatorios, autorizaciones sanitarias o documentación técnica, además de otros aspectos vinculados al contrato de concesión.

La postura municipal

Tras el precinto, la concejala de Obras, Urbanismo y Planeamiento, Ana Hernández, defendió la actuación municipal en Radio Insular y rechazó las acusaciones de persecución. “Hacer ruido o llamarnos mafiosos no va a cambiar la ley”, afirmó, insistiendo en que el contrato de concesión no sustituye la obligación de obtener las licencias urbanísticas y de actividad. Según explicó, la concesión adjudicada en 2022 regulaba el uso del espacio público, pero no autorizaba la apertura sin los permisos correspondientes, que debían ser tramitados por el concesionario.

Un procedimiento aún abierto

El auto judicial no resuelve el fondo del conflicto, sino únicamente la solicitud de suspensión cautelar del cierre. El procedimiento contencioso-administrativo continúa su curso y será en la sentencia final cuando se determine si la actuación municipal fue o no conforme a derecho.

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Mientras tanto, el establecimiento deberá permanecer cerrado, salvo que la empresa logre revertir la situación mediante la subsanación de las deficiencias o mediante un recurso judicial posterior.

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