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Prisión sin fianza para el hijo de Katty O.: la jueza ve móvil económico y una tercera persona implicada

El Juzgado de Instrucción de Puerto del Rosario acuerda prisión provisional para el joven investigado por la muerte de su madre.

María C.

María C.

11 de mayo de 2026 a las 17:15

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El móvil económico, en el centro del relato judicial

El auto del Juzgado de Instrucción de Puerto del Rosario sitúa el móvil económico en el origen del crimen, recoge transferencias bancarias por 3.000 euros desde la cuenta de la víctima y apunta a la posible participación de una tercera persona aún no identificada.

El Juzgado de Instrucción de Puerto del Rosario ha acordado el ingreso en prisión provisional, comunicada y sin fianza del joven de 22 años investigado por la muerte violenta de su madre, Katty Oosterlinck, en Corralejo, en el municipio de La Oliva. La medida, adoptada a petición del Ministerio Fiscal, responde, según informa el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), al riesgo de fuga y de destrucción de pruebas apreciado por la instructora.

El auto, que mantiene el carácter indiciario propio de esta fase del procedimiento, atribuye al investigado un presunto delito de asesinato cualificado y un delito continuado de estafa. La jueza aprecia, de forma provisional, las circunstancias de alevosía, ensañamiento y la finalidad de facilitar la comisión de otro delito, agravantes que elevan la horquilla de penas asociadas y que, en caso de confirmarse en fases posteriores, podrían alcanzar hasta 25 años de prisión.

El elemento más relevante que incorpora la resolución es el móvil. Según el relato recogido en el auto, el investigado habría acudido al domicilio familiar el pasado 3 de mayo «con la intención de acabar con la vida de la víctima y obtener dinero que esta se había negado a entregarle». La instructora describe que en el interior de la vivienda se produjo una discusión y, a continuación, una agresión presuntamente desarrollada con extrema violencia.

Tras la muerte de la mujer, siempre según los indicios reseñados por el juzgado, el investigado habría efectuado varias transferencias bancarias desde la cuenta de la víctima a la suya por un importe total de 3.000 euros. Parte de ese dinero se habría destinado, presuntamente, a gastos realizados durante la madrugada y a la compra, a primera hora de la mañana, de diversos utensilios y productos de limpieza en establecimientos cercanos.

Estos movimientos económicos —rastreables y documentados— se han convertido en una de las piezas clave que sostienen la investigación, junto con el resto de elementos indiciarios.

Los indicios que sostienen la causa

El auto enumera el conjunto de pruebas valoradas por el juzgado para acordar la prisión provisional: las manifestaciones testificales, el visionado de cámaras de seguridad, los movimientos bancarios, los albaranes de compra, la inspección ocular practicada en la vivienda, los hallazgos efectuados en el vertedero, la propia declaración del investigado y la diligencia de reconstrucción de hechos.

Se trata de una cadena de indicios que, en su conjunto, terminó por estrechar el cerco sobre el joven, cuya actitud durante los días de búsqueda —en particular, su negativa a participar en las batidas organizadas por familiares, amigos y vecinos por las Dunas de Corralejo— había despertado las primeras sospechas entre los investigadores y el propio entorno de la víctima.

Una tercera persona no identificada

El auto introduce además un elemento que abre una nueva línea de investigación: la posible participación de una tercera persona no identificada plenamente en este momento procesal. La instructora subraya, asimismo, que todavía no han aparecido algunos de los objetos supuestamente empleados en los hechos, circunstancia que refuerza, a juicio del juzgado, el riesgo de destrucción de pruebas en caso de que el investigado permaneciera en libertad.

El consumo de drogas, descartado como atenuante en esta fase

La resolución examina también la alegación relativa al consumo de drogas planteada por la defensa y concluye, en esta fase inicial, que no existen elementos suficientes para apreciar que esa circunstancia afectara de forma relevante a la capacidad del investigado en el momento de los hechos. La jueza razona, además, que el consumo de sustancias no excluiría la posible planificación previa que el auto sitúa, al menos, desde la mañana del mismo día.

Para justificar la medida cautelar, la instructora pondera la gravedad de los delitos investigados, la edad del investigado, su escaso arraigo familiar tras los hechos y la situación personal y laboral reflejada en las actuaciones.

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La causa continúa abierta y bajo secreto de sumario en lo que respecta a las diligencias de investigación todavía en curso.

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