El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha corroborado la sentencia dictada el 8 de febrero de 2022 por la Audiencia Provincial de Las Palmas, condenando a once años y un día de prisión al acusado de violar a una niña en Tuineje durante seis años.
La sentencia, a la que ha tenido acceso Fuerteventura Hoy (puede leerla al final de la noticia), desestima el recurso del acusado, y por lo tanto reafirma la condena de la Audiencia a once años y un día de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante ese tiempo, al abono de las costas procesales, a ocho años de libertad vigilada, y a una indemnización de 30.000 euros a la menor a través de su representante legal, en concepto de daños morales.
El tribunal considera probado que el procesado, “mayor de edad, de nacionalidad boliviana y sin antecedentes penales”, cometió un delito continuado de abuso sexual entre los años 2011 y 2017, un periodo durante el cual “penetró vaginal y anal mente a la víctima”, nacida en el año 2005. Es decir, los hechos comenzaron cuando la víctima tenía entre cinco y seis años, y finalizaron a una edad de entre once y doce años.
Las violaciones ocurrieron en el interior de la vivienda que compartían el condenado y la víctima, “al menos durante los tres primeros años de ese periodo”, con la excepción del último episodio de los abusos, que tuvo lugar en la vivienda del procesado, en Pájara.
El fallo recoge como el condenado “le decía a la menor que no se lo contara nadie, y ella obedeció porque creía que si él lo hacía, estaba bien”. Tras ocurrir en multitud de ocasiones, y considerar que podía ser una violación, la menor se lo contó a su mejor amiga, para que se lo dijera a su madre”. Así ocurrió, y fue la madre de la amiga quien acompañó finalmente a la víctima a formalizar la denuncia en la Guardia Civil, en el año 2017, algo que se produjo “inmediatamente” tras conocer la adulta los hechos y corroborarlos con la menor.
Como consecuencia de los hechos, la sentencia considera también probadas las secuelas que sufre la víctima: “la menor sufre lesiones psíquicas como ansiedad, vergüenza y miedo” y “al dormir le viene imágenes a la cabeza”.
La Sala de lo Penal del TSJC desestima al completo el recurso de apelación presentado por la defensa del acusado contra la sentencia de la Sección Sexta de la Audiencia Provincial. “No cabe duda de que el comportamiento enjuiciado produce amén de un negable sufrimiento, un profundo sentimiento de humillación y potencia angustia y desconfianza, especialmente considerando las circunstancias en que se produjeron”.
Tampoco acepta el al Tribunal canario el recurso en relación a la indemnización, pues “basta la revisión a los terribles hechos perpetrados, la edad de la menor, la continuidad del ilícito durante aproximadamente seis años, y las secuelas que la víctima sigue sufriendo”, para considerar suficientemente justificada la sentencia, y dando así por concluido este procedimiento instruido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº3 de Puerto del Rosario, y en el que ha estado personada la Dirección General de Protección a la Infancia y la Familia del Gobierno de Canarias.
SENTENCIA