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Los saharauis deberán renunciar a su solicitud de apátrida para acceder a la regularización extraordinaria

El Consejo de Ministros ha aprobado una regularización extraordinaria de migrantes que excluye a los apátridas, lo que obliga a los saharauis a elegir entre dos procedimientos legales diferentes.

María C.

María C.

14 de abril de 2026 a las 20:15

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Regularización y apatridia, dos caminos distintos

Las personas de origen saharaui que deseen beneficiarse de la regularización extraordinaria de migrantes aprobada por el Consejo de Ministros tendrán que renunciar a su solicitud de apátrida. Así lo ha explicado el director general de la Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR), Mauricio Valiente, quien ha asegurado que los saharauis no han sido «excluidos» del proceso, sino que deben optar por uno de los dos procedimientos legales disponibles.

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha especificado que la regularización extraordinaria no está dirigida a los apátridas, ya que este colectivo cuenta con un régimen y procedimiento propios que reconocen sus derechos. En los borradores iniciales del Real Decreto, los apátridas sí estaban mencionados, pero el texto final aprobado por el Gobierno ya no los incluye, tras la recomendación del Consejo de Estado.

La opinión del Consejo de Estado

El Consejo de Estado había pedido retirar la mención específica a los apátridas y a los solicitantes de protección internacional del Real Decreto de regularización extraordinaria. El organismo recordó que el ordenamiento jurídico español tiene una regulación específica para la apatridia, diferente de la normativa de extranjería. Según el Consejo, «introducir confusiones o solapamientos entre esos dos grupos normativos» es desaconsejable.

El dictamen del Consejo de Estado subrayó que la vigencia temporal de la nueva reglamentación no elimina las posibles confusiones y solapamientos, además de introducir tratamientos distintos a los solicitantes del estatuto de apatridia en función de fechas y períodos elegidos discrecionalmente. Valiente ha explicado que la modificación tras el dictamen no afecta a la inclusión de los saharauis, sino a la posibilidad de compatibilizar dos procedimientos «bien distintos».

Decisiones individuales con asesoría legal

Las personas que hayan solicitado el reconocimiento de apatridia y deseen acogerse a la regularización deberán renunciar a su solicitud de apátrida. Valiente ha señalado que «es algo que tendrá que decidir cada uno con la asesoría de su abogado porque no es una cosa fácil de resolver». CEAR ha trabajado para que ambos procesos fueran compatibles, lo que habría facilitado más opciones para la población saharaui, principal colectivo solicitante de apatridia en España. Sin embargo, esta compatibilidad no ha sido posible.

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En 2025, en España se presentaron más de 3.000 solicitudes para el reconocimiento del estatuto de apátrida, resolviéndose 2.242 expedientes, según datos del Ministerio del Interior. La apatridia busca identificar a personas que no son consideradas nacionales por ningún Estado y carecen de nacionalidad, conforme a la Convención sobre el Estatuto de los Apátridas de 1954.

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