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La víctima de Adeje alegó que renunciaba a protección “libre y voluntariamente”

La mujer de 46 años presuntamente asesinada por su expareja en Adeje (Tenerife) renunció a pedir una orden de protección ni otras acciones penales o civiles y expuso que la renuncia la hacía “libre y voluntariamente” sin que “mediara amenaza o coacción alguna”, según ha expuesto hoy el TSJC.

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha facilitado este martes detalles de lo sucedido el 30 de diciembre cuando la mujer asesinada en la noche del pasado domingo compareció en el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1 de Arona, tras haber denunciado a su expareja por amenazas el 28 de diciembre en el puesto de la Guardia Civil de Adeje.

Al respecto, el TSJC ha precisado que, aunque se ha difundido que la víctima “no declaró” en sede judicial, lo cierto es que sí lo hizo, si bien en el curso de su declaración se acogió a su derecho a no prestar declaración contra su expareja.

La mujer manifestó que el hoy investigado era su pareja sentimental, y explicó que esta relación había empezado en 2013, uniéndose ambos en matrimonio, y que fruto de esta relación tenían dos hijos.

Añadió que en 2019 se habían divorciado y que habían “retomado la relación como compañeros de piso” en marzo de 2020.

La mujer se acogió a su derecho a no prestar declaración contra el ahora investigado como presunto autor de su muerte “atendida la relación sentimental” con el mismo y al realizársele un ofrecimiento de solicitud de orden de protección, manifestó que no le interesaba “la adopción de medida alguna”.

Igualmente, el juez le ofreció la posibilidad de emprender acciones penales y civiles y, según el TSJC, la mujer manifestó que renunciaba “a cuantas pudieran corresponderle”, al tiempo que expuso que la renuncia la hacía “libre y voluntariamente” sin que —declaró—, “mediara amenaza o coacción alguna”.

Tras esta declaración, el representante del Ministerio Fiscal en las diligencias solicitó el sobreseimiento provisional de las actuaciones al no apreciar pruebas que permitiesen desvirtuar la presunción de inocencia del denunciado, lo que acordó la autoridad judicial con el informe favorable de la defensa y del abogado del investigado. EFE

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Redacción Radio Insular
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