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Anulada la designación del tribunal de las oposiciones a TAG de Puerto del Rosario tras un recurso de Intersindical Canaria

La sentencia ordena retrotraer las actuaciones al momento de nombrar el tribunal sin pronunciarse sobre presunto enchufismo ni manipulación.

María C.

María C.

27 de abril de 2026 a las 11:24

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Sentencia del juzgado

Un juzgado de lo contencioso-administrativo ha estimado íntegramente el recurso interpuesto por Intersindical Canaria contra dos resoluciones del Ayuntamiento de Puerto del Rosario relativas al proceso selectivo para cubrir, por turno libre, cuatro plazas de Técnico/a de Administración General (Escala de Administración General). En consecuencia, declara la nulidad del Decreto 2026000901, de 26 de febrero de 2026, y de la Resolución 2026000624, de 10 de febrero de 2026, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas nº 19 del 13 de febrero.

Estas resoluciones aprobaban la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, fijaban la fecha, lugar y hora del primer ejercicio de la fase de oposición y designaban al tribunal calificador del proceso.

Lo que dice exactamente el fallo

El fallo es muy preciso en su alcance. Aunque anula formalmente las dos resoluciones, especifica que la nulidad lo es «exclusivamente en lo tocante a la composición del Tribunal Calificador», así como respecto de «todos los actos posteriores dictados en ejecución del acto impugnado», y ordena «retrotraer las actuaciones al momento de determinar la composición del Tribunal Calificador».

En la práctica, esto significa que el procedimiento selectivo no se pierde ni vuelve a empezar desde cero. El Ayuntamiento deberá designar de nuevo el tribunal calificador subsanando el defecto que el juzgado ha apreciado y, a partir de ahí, retomar las actuaciones siguientes (lista definitiva de admitidos/excluidos y fijación del primer ejercicio).

La sentencia no contiene pronunciamiento alguno sobre presunto enchufismo, manipulación de pruebas, favoritismo, prevaricación ni cualquier otra conducta de las que apuntan a la esfera penal. Se trata de una nulidad por un defecto de carácter formal en la designación del órgano calificador, una cuestión que la jurisprudencia administrativa considera esencial pero que, por sí misma, no implica intencionalidad irregular.

Discrepancia con la nota de prensa de Fuerteventura Avanza

La formación Fuerteventura Avanza, que lidera la concejala en la oposición Peña Armas, ha difundido este domingo una nota de prensa titulada «Puerto del Rosario, bajo sospecha: la Justicia tumba oposiciones mientras crecen las denuncias por enchufismo y manipulación», en la que vincula esta sentencia con un supuesto patrón de irregularidades en la Concejalía de Personal.

Algunas afirmaciones de esa nota no se corresponden con el contenido del fallo:

  • La nota habla de que «la Justicia tumba oposiciones», cuando la sentencia no anula el proceso, sino exclusivamente la designación del tribunal calificador, ordenando retrotraer hasta ese punto. El procedimiento selectivo continúa.
  • Sostiene que se trata de un caso de «enchufismo y manipulación», conceptos que no aparecen en el fallo. La nulidad declarada es por un defecto en la composición del tribunal, no por irregularidad en la valoración de aspirantes ni en el desarrollo de pruebas, que ni siquiera han llegado a celebrarse.
  • Afirma que «crecen las denuncias por enchufismo» y alude a expedientes «ya judicializados», a denuncias presentadas en Fiscalía y a renuncias de miembros de tribunales, pero sin aportar referencias concretas ni números de procedimiento que permitan contrastar esos extremos.

Un recurso enmarcado en el conflicto por la OEP 2023

El recurso estimado por el juzgado se inscribe en el conflicto que Intersindical Canaria mantiene desde principios de 2025 con el Ayuntamiento por la Oferta de Empleo Público (OEP) 2023. Esta organización ha venido denunciando, entre otras cuestiones, lo que considera defectos en la adaptación de procesos a personas con discapacidad, presuntas confusiones entre temario general y específico, ausencia de referencias bibliográficas en algunas convocatorias, y haberse quedado fuera de la negociación de las bases específicas.

En esta posición, sin embargo, no le acompañan los demás sindicatos con representación en el Ayuntamiento. SEPCA, CCOO y UGT desmintieron públicamente, en marzo de 2025, las tesis de Intersindical Canaria sobre la OEP 2023, lo que provocó una réplica de esta organización acusando a los otros sindicatos de «alinearse con la versión del Ayuntamiento».

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Cuestiones pendientes

Por el momento queda por aclarar cuál es el motivo concreto que ha llevado al juzgado a apreciar el defecto en la composición del tribunal calificador (incompatibilidad, falta de paridad, especialidad, titulación o cualquier otra causa), si la sentencia es firme o aún cabe recurso, y cuál será la respuesta del Ayuntamiento. La Concejalía de Personal, encabezada por María Franco Medina, no ha emitido por el momento valoración pública sobre la sentencia.

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