El Gobierno de Canarias ha emitido una nota informativa en respuesta a la entrada en vigor del Real Decreto 1312/2024, que regula el registro de los arrendamientos turísticos de corta duración y establece la ventanilla única digital. Esta disposición, activa desde el 1 de julio de 2025, ha generado controversia y dudas entre las comunidades autónomas, sin que haya habido una respuesta clara por parte del Gobierno central.
En mayo, el Ejecutivo canario presentó un recurso contencioso-administrativo contra el decreto, alegando la falta de criterios que garanticen la seguridad jurídica. Asimismo, solicitó una prórroga para su aplicación hasta que se resuelvan las dudas manifestadas por las comunidades autónomas y los propietarios afectados. Sin embargo, hasta la fecha, no ha recibido respuesta a sus peticiones.
Falta de claridad en la normativa
La falta de aclaraciones por parte del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, responsable del decreto, y del Ministerio de Turismo ha motivado la emisión de esta nota informativa por parte del Gobierno de Canarias. En ella, se expone su interpretación de qué tipos de alojamientos estarían sujetos a la obligatoriedad de registrarse bajo esta nueva normativa.
Según la interpretación del Ejecutivo regional, basada en una lectura literal del decreto y apoyada por la jurisprudencia europea, quedarían excluidos del ámbito de aplicación los hoteles, hoteles urbanos, hoteles emblemáticos y hoteles rurales. Además, tampoco estarían obligados a obtener un número de registro los establecimientos de turismo rural, villas, bungalows, apartamentos y casas emblemáticas.
Una respuesta a las preocupaciones del sector
El Gobierno de Canarias ha expresado que su nota informativa tiene carácter meramente orientativo y no vinculante, buscando ofrecer cierta claridad a los operadores turísticos. La medida pretende responder a las numerosas consultas generadas entre las comunidades autónomas sobre el ámbito de aplicación del decreto y los tipos de establecimientos afectados.
La Consejería de Turismo y Empleo ha destacado la importancia de establecer criterios comunes y claros para evitar perjuicios al sector turístico, uno de los motores económicos de la región. En este sentido, ha reiterado su solicitud de convocatoria de una conferencia sectorial de Turismo que permita abordar estas cuestiones de manera conjunta y coordinada.
En este contexto, el Gobierno de Canarias continúa a la espera de una respuesta del ejecutivo estatal que permita avanzar hacia una solución que considere las particularidades de cada comunidad autónoma y garantice la seguridad jurídica necesaria para los operadores turísticos.
Vale que lo de los alquileres de corta duración es solo para las vacacionales , y los otros , aunque practiquen las estancias cortas , no es una obligación para ellos . Ok solo la vacacional . Aclarado y no nos extraña .
La RIC y eso , no puede beneficiarse la inversión en vacacional …no nos extraña !
Ok y lo de no poder pedir nuevas licencias si se supera el 10 por ciento de vacacional en un municipio ( la regla del 90 residenciales , 10 vacacionales ) , es solo para la vacacional , pero no para las casas rurales , las emblemáticas, pero tampoco para los hoteles y complejos turísticos …que son de 100 / 100 turísticos en el mismo municipio y se pueden pedir más ! Ok aclarado …y no nos extraña !
Es solo meter más registros , cortapisas y limitaciones a la vacacional …ok …aclarado …y no nos extraña ! …Si es lo que había que aclarar …ya está aclarado !
Lo que tiene que desaparecer son las autonomías que solo sirve para mantener gandules