El Ayuntamiento de Puerto del Rosario, a través de la Concejalía de Industria y Energía, recuerda que el plazo para la solicitud de las ayudas para instalaciones fotovoltaicas en viviendas y comunidades de vecinos permanecerá abierto hasta el próximo 15 de junio.
Asimismo, se recuerda que podrán ser beneficiarias las personas físicas titulares o usufructuarias de las viviendas y comunidades de vecinos, residentes en el municipio de Puerto del Rosario, que pretendan realizar las actuaciones recogidas en la base cuarta y reúnan los requisitos exigidos de acuerdo a la base quinta.
La cuantía convocada será de 90.000 euros, ampliables mediante disponibilidades presupuestarias, subvencionándose el 30% de los gastos descritos como subvencionables, una vez descontados los importes percibidos por otras ayudas.
La cuantía máxima por solicitud será de 1.500 euros para viviendas unifamiliares, 1.000 euros para los servicios comunes de los edificios, 1.500 euros para el autoconsumo individual en edificios con un máximo de 12 viviendas y, por último, 2.500 euros para el autoconsumo compartido en edificios con un máximo de 12 viviendas.
En cualquier caso, la inversión subvencionable no podrá ser inferior a 2.000 euros y los trabajos de diseño e ingeniería no podrán exceder del 10% del coste total de la instalación.
Las solicitudes se deberán presentar mediante el Anexo I, acompañado de la documentación expresada en el impreso y detallada en la base octava. Además, deberán cumplir con las obligaciones y autorizaciones urbanísticas que correspondan.
Adjunto a la solicitud es requisito presentar uno de los siguientes modelos previamente registrados en Urbanismo: Anexo IV – Modelo 18 Comunicación Previa (Actuaciones Urbanísticas), o en su defecto, Anexo V – Instancia General (Actuaciones Urbanísticos).
Las solicitudes se presentarán en la Oficina de Atención al Ciudadano (Registro General) del Ayuntamiento de Puerto del Rosario, en el Registro General Electrónico del Ayuntamiento, u otro de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, hasta el 15 de junio.
Los plazos de ejecución de las instalaciones serán desde el 1 de noviembre de 2023 hasta el 31 de julio de 2024. Por su parte, la justificación de la subvención se podrá realizar hasta el 15 de septiembre de 2024, teniendo un total de 10 días hábiles improrrogables, a partir de la publicación del requerimiento, para su subsanación.