En base a lo establecido en la normativa actualmente vigente para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 y, en particular, en el punto 2.1.13 del Acuerdo de Gobierno de 21 de enero de 2021 por el que se aprueba la actualización de las medidas de prevención establecidas mediante Acuerdo del Gobierno de 19 de junio de 2020, para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, una vez superada la Fase III del Plan para la transición hacia una nueva normalidad, finalizada la vigencia de las medidas propias del estado de alarma, así como la determinación de los niveles de alerta sanitaria (publicado mediante Resolución de la Secretaría General de Presidencia del Gobierno, de 21 de enero de 2021, en el BOC nº 15, de 22 de enero de 2021, http://www.gobiernodecanarias.org/boc/2021/015/006.html), en el que se establece que se tendrá en cuenta la valoración del riesgo y su incidencia en la definición de los niveles de alerta 1, 2, 3 y 4 aprobados por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud mediante el documento “Actuaciones de respuesta coordinada para el control de la transmisión de COVID19” de fecha 22 de octubre de 2020, o posteriores actualizaciones que se produzcan, así como que la Dirección General de Salud Pública del Servicio Canario de la Salud podrá activar, excepcionalmente, un nivel de actuación diferente en caso de que se detecte que la evolución de uno o algunos de los indicadores de valoración del riesgo lo requiere, se informa de los niveles de alerta de las diferentes islas.
Área de Salud Nivel de Alerta
1. Tenerife 2
2. Gran Canaria 2
3. Fuerteventura 1
4. Lanzarote 4
5. La Palma 1
6. La Gomera 1
7. El Hierro 1
La evaluación de riesgo ha considerado las características propias de la unidad territorial que se está evaluando, valorando la concurrencia de circunstancias específicas. En dicha evaluación se han tenido en cuenta los indicadores relativos a la situación epidemiológica, la capacidad asistencial y la capacidad de salud pública, las características y vulnerabilidad de la población susceptible expuesta y la posibilidad de adoptar medidas de prevención y control, como son las medidas no farmacológicas con intervenciones parciales o completas que afecten a parte o todo el territorio evaluado.
Las medidas preventivas generales de aplicación en cada una de las islas, en función del nivel de alerta establecido para cada una de ellas, serán las contenidas en el Anexo del Acuerdo de Gobierno de 21 de enero de 2021 por el que se aprueba la actualización de las medidas de prevención establecidas mediante Acuerdo del Gobierno de 19 de junio de 2020, para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, una vez superada la Fase III del Plan para la transición hacia una nueva normalidad, finalizada la vigencia de las medidas propias del estado de alarma, así como la determinación de los niveles de alerta sanitaria (publicado mediante Resolución de la Secretaría General de Presidencia del Gobierno, de 21 de enero de 2021, en el BOC núm. 15, de 22 de enero, disponible a través del siguiente enlace: http://www.gobiernodecanarias.org/boc/2021/015/006.html).
Los niveles de alerta en que se encuentran las islas, así como la fecha de vigencia establecida para las citadas medidas en cada una de ellas se indican a continuación:
La isla de Tenerife: Nivel de Alerta 2. La fecha de vigencia de las correspondientes medidas preventivas que le son de aplicación será desde las 00:00 horas del día 22 de febrero hasta el día 07 de marzo de 2021, inclusive, quedando supeditada a las revaluaciones periódicas.
La isla de Gran Canaria: Nivel de Alerta 2. La fecha de vigencia de las correspondientes medidas preventivas que le son de aplicación será desde las 00:00 horas del día 26 de febrero hasta el día 04 de marzo de 2021, inclusive, quedando supeditada a las revaluaciones periódicas.
La isla de Fuerteventura: Nivel de Alerta 1. La fecha de vigencia de las correspondientes medidas preventivas que le son de aplicación será desde las 00:00 horas del día 26 de febrero hasta el día 04 de marzo de 2021, inclusive, quedando supeditada a las revaluaciones periódicas.
La isla de Lanzarote: Nivel de Alerta 4. La fecha de vigencia de las correspondientes medidas preventivas que le son de aplicación será desde las 00:00 horas del día 26 de febrero hasta el día 04 de marzo de 2021, inclusive, quedando supeditada a las revaluaciones periódicas. Las islas de La Palma, La Gomera y El Hierro: Nivel de Alerta
La fecha de vigencia de las correspondientes medidas preventivas que le son de aplicación será desde las 00:00 horas del día 26 de febrero hasta el día 04 de marzo de 2021, inclusive, quedando supeditada a las revaluaciones periódicas.