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Economía y EmpleoPuerto del Rosario

Estas son las bonificaciones fiscales en Puerto del Rosario

CALENDARIO FISCAL AYUNTAMIENTO DE PUERTO DEL ROSARIO

Redacción Radio Insular

Redacción Radio Insular

27 de febrero de 2023 a las 14:39

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Desde el día 1 de abril hasta el 30 de mayo de 2023:

– Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBIU-IBIR)

– Tasa por entrada de Vehículos a través de las Aceras

– Tasas por ocupación de terrenos de uso público por mesas y sillas y elementos propios de

las terrazas de hostelería.

– Tasa por instalación de maquinaria, cajeros y otros elementos similares con acceso o frente

a vías públicas

Desde el día 1 de octubre hasta el 30 de noviembre de 2023.

– Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánicas (IVTM)

– Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)

– Tasa por el Servicio de Recogida de Basuras y Residuos Sólidos (BADOM, BAIN)

– Otras tasas

Con la bonificación de un 5% con tu domiciliación, solicítalo por registro de entrada hasta 1 mes antes del devengo.

Bonificación de IBIU por familia numerosa:

VALOR CATASTRAL FAMILIA NUMEROSA GENERAL FAMILIA NUMEROSA ESPECIAL
Hasta 60.000 50 90
DESDE HASTA 60.001 HASTA 100.000 20 60
DESDE 100.001 HASTA 200.000 10 20
  • ICIO: Hasta el 31 de diciembre de 2023 la cuota del impuesto será el resultado de aplicar a la base imponible el tipo de gravamen que quedará fijado en el 0,75 por ciento y ello respecto a las Obras, Construcciones e Instalaciones cuya licencia se haya otorgado desde el 31 de marzo de 2021 y se haya iniciado la ejecución de las mismas dentro de dicho periodo.

IIVTN:

  • Con carácter general bonificación del 80 % de la cuota del impuesto a favor de los descendientes o personas adoptadas, sus ascendientes o adoptantes, y cónyuges.

-Bonificación del 95 % del importe de la cuota íntegra del impuesto a quienes ostenten la siguiente condición:

  • Pensionista, que perciba su pensión de un organismo público español.
  • Desempleado/a inscrito/a como demandante de empleo.
  • Menor de 30 años.
  • Discapacitado/a (igual o superior al 33%)
  • Víctima de violencia de género.

-Baja el tipo de gravamen de la cuota tributaria

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