El consejero de Sanidad también detalló este jueves las medidas que adopta el Gobierno de Canarias, entre ellas la limitación de la movilidad entre islas.
La Consejería de Sanidad del Gobierno de Canarias además de acordar los nuevos niveles de alerta sanitaria para cada isla, ha anunciado las medidas extraordinarias para frenar el coronavirus en las islas durante la Semana Santa, que entrarán en vigor, tal y como ha señalado el consejero de Sanidad, Blas Trujillo, desde las 00.00 horas del 26 de marzo hasta las 24.00 horas del 9 de abril.
Movilidad
Una de esas medidas tiene que ver con la entrada en la Comunidad Autónoma de personas provenientes del resto del país, que va a quedar limitada a los supuestos que figuran en el Real Decreto 996 de 2020.
Toque de queda
De cara a la libre circulación en horario nocturno, se fija el toque de queda entre las 23.00 y las 06.00 horas en el nivel de alerta 1 y el nivel de alerta 2 se equipara al nivel 3, de manera que el toque de queda se establece entre las 22.00 y las 06.00 horas. Estas limitaciones, en cualquier caso, no afectarán a las actividades esenciales.
Hostelería y restauración
En cuanto a medidas específicas para la actividad de hostelería, restauración, terrazas, bares y cafeterías, queda prohibido el consumo fuera de la mesa o del espacio asignado en barra a cada cliente y el servicio de bebidas alcohólicas a clientes que no ocupen una mesa previamente asignada. Igualmente, quedan prohibidas las actividades que propicien aglomeraciones, no mantener la distancia de seguridad interpersonal, un uso incorrecto de las mascarillas, tales como celebración de fiestas, bailes, karaokes, concursos, conciertos o música ambiental que invite a bailar y cantar.
En los niveles de alerta 1 y 2, además, la ocupación máxima por mesa se establece en 4 personas, tanto en espacios interiores como al aire libre. En concordancia con la limitación de las personas, los establecimientos tendrán que cerrar antes de las 23.00 horas en el nivel 1 y antes de las 22.00 horas en el nivel de alerta 2 y 3, con excepción de la comida a domicilio.
Transporte
Por último, se reforzará la vigilancia en los medios de transporte público terrestre en las horas puntas. Además, las fiestas, verbenas y otros eventos populares no estarán permitidos. Eso conlleva la prohibición de convocar actos, procesiones, celebraciones o cualquier otro tipo de evento que pueda incitar a la reunión descontrolada de personas o que supongan situaciones que dificulten o imposibiliten el cumplimiento de las normas.