El alcohol y el volante son una pareja mal avenida y es uno de los binomios más peligrosos y que más accidentes de tráfico provoca. El alcohol está presente entre el 30 % y 50 % de los accidentes mortales. Esta droga es un depresor del Sistema Nervioso Central y altera tanto la aptitud como la actitud para conducir; incrementa el riesgo de verse involucrado en un accidente de tráfico.
«En su primera fase, produce un efecto euforizante, que da lugar a pérdida de control, disminuye la percepción del riesgo, modifica el comportamiento y deteriora la función psicomotora, todo ello altera la capacidad para conducir un vehículo», indican desde Tráfico. Bajo los efectos del alcohol se cometen muchos más errores al volante, y la toma de decisiones se vuelve más lenta.
La DGT sigue luchando contra los accidentes donde el alcohol está implicado y por ello intensifica las campañas para concienciar en fechas claves como la Navidad donde los excesos son comunes: «La única tasa realmente segura es 0,0 g/l».
Tráfico recuerda que ha entrado en vigor la nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial. Hasta la modificación de la ley de la DGT en el Boletín Oficial del Estado (BOE), existía un tipo de límite para los conductores noveles y como profesional y otro para el resto de conductores generales.
Ahora y con la nueva ley, todos aquellos conductores que superen la tasa de 0,0 independientemente del vehículo que conduzcan, serán sancionados con una multa de 500 euros cómo mínimo y hasta los 1.000 euros en función de la tasa de alcohol en sangre. El objetivo de la nueva norma es luchar contra el consumo de alcohol al volante, una de las principales causas de siniestros en la carretera.
Tráfico endurece esta norma y avisa que superar el límite de tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,60 miligramos por litro o con una tasa de alcohol en sangre superior a 1,2 gramos por litro es delito. Tal y como recoge el artículo 379 del Código Penal, puede suponer penas de prisión de 1 a 4 años.
-Sanciones: Entre 500 € y 1000 €
-Puntos: De 4 a 6 puntos
-Qué dice la ley:
La tasa máxima de alcohol para conductores noveles y profesionales es 0,15 mg/l en aire espirado. Para el resto de conductores es de 0,25 mg/l y, si se superan 0,60 mg/l, es un delito. De otras drogas, cualquier presencia en el organismo es motivo de sanción.
-Efectos en el índice de accidentes: Uno de cada tres conductores fallecidos había consumido alcohol y/o drogas.
Tasa 0,0
La nueva tasa supone que no se podrá detectar la más mínima cantidad de alcohol en los usuarios menores de edad, esto es, 0 g/l en sangre y 0 mg/l en aire espirado. Esta nueva infracción acarreará multas que se oscilan entre los 500 y los 1.000 euros.
Para el resto de conductores la tasa es de 0,5 g/l de alcohol en sangre y 0,25 mg/l en aire espirado para los conductores generales, y 0,3 g/l en sangre y 0,15 mg/l en aire espirado para los profesionales y los noveles.
¿De qué depende la tasa de alcoholemia?
La tasa de alcoholemia que alcances tras un consumo de alcohol puede variar mucho. Tras su ingesta, el alcohol se absorbe en el aparato digestivo, aproximadamente un 20-25% en el estómago y la mayor parte en el intestino delgado, desde donde pasa a la sangre alcanzando la mayor concentración después de 30-90 minutos. La velocidad de absorción se puede modificar por:
-Los alimentos: la presencia de elementos en el estómago retrasa la absorción.
-El tipo de bebida: tanto las bebidas destiladas como las mezclas con bebidas gaseosas se absorben antes.
-El tiempo transcurrido: al principio de la ingesta se absorbe más rápido.
-El grado de tolerancia: Los bebedores crónicos importantes absorben más rápidamente el alcohol que los abstemios