Vie, 5 diciembre

Condenado por violencia vicaria tras matar a la mascota de su pareja

El Juzgado de Violencia sobre la Mujer asume por primera vez un delito de maltrato animal al aplicarle perspectiva de género

Un vecino de la capital grancanaria ha sido condenado a 12 meses y un día de prisión por matar al perro que compartía con su pareja sentimental, arrojándolo por un risco en su presencia. La sentencia, dictada por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 2 de Las Palmas de Gran Canaria, resulta novedosa al aplicar la perspectiva de género para asumir la competencia sobre un delito de maltrato animal, tipificado en el artículo 340 bis 3 del Código Penal, vinculándolo además con un delito de maltrato psicológico contra la mujer.

La magistrada Auxiliadora Díaz destacó en su resolución que “la muerte del animal fue el instrumento elegido para causar el menoscabo psíquico (…). No se trata de una mera simultaneidad fáctica, sino de una finalidad concreta: matar al animal para quebrar psíquicamente a la mujer”.

Los hechos

El 13 de septiembre, el acusado llamó a su pareja y la amenazó: “Voy a matar al perro y después me mato”, en alusión al podenco de apenas cuatro meses de edad que ambos tenían como mascota. Minutos después, en la carretera del Rincón, volvió a advertirle: “No te acerques o tiro al perro y me mato”. Acto seguido, lanzó al animal por un risco, provocándole la muerte al impactar contra las rocas.

La víctima sufrió un fuerte impacto emocional y precisó asistencia facultativa, con un tiempo de recuperación estimado en 90 días.

Violencia vicaria y medidas de protección

La sentencia considera estos hechos constitutivos de un delito agravado contra los animales en concurso medial con un delito de maltrato psicológico. Al aplicar la perspectiva de género, se entiende que se trata de un caso de violencia vicaria ejercida a través de un animal de compañía, con el objetivo de perpetuar el control y la dominación sobre la mujer.

Además de la condena de cárcel –que queda suspendida por carecer el acusado de antecedentes y ser inferior a dos años–, se le prohíbe acercarse a la denunciante o comunicarse con ella durante dos años y un día.

El fallo es firme, ya que el acusado admitió los hechos y se conformó con la pena durante un juicio rápido celebrado el 22 de septiembre.

Un precedente judicial

La resolución marca un precedente en la aplicación de la perspectiva de género a delitos contra los animales, al reconocer expresamente que el maltrato a la mascota fue utilizado como instrumento para infligir daño psicológico a la mujer. Según el fallo, este enfoque refuerza la necesidad de dar una respuesta penal agravada y de establecer medidas de protección eficaces en casos de violencia vicaria, incluso cuando el medio empleado sea un animal de compañía.

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19 COMENTARIOS

  1. Un hombre en Gran Canaria ha sido condenado a 12 meses de prisión por matar al perro de su pareja y arrojarlo por un risco con el objetivo de causarle daño psicológico. Es la primera vez que se aplica la perspectiva de género en un caso de maltrato animal, reconociendo que el acto fue una forma de violencia vicaria contra la mujer. Esta sentencia podría marcar un precedente para futuros casos de violencia de género en el que se involucre el maltrato a mascotas.

  2. PEDAZO DE M**IERDA !!! TE IRIA A COLGAR CON LA SOGA POR LOS PIES Y TE HARIA COMER LA CABEZA POR LOS PERROS!!! ESPERO QUE TE MACHAQUEN EN LA CARCEL !!! Y EN QUE PIENSAN LAS AUTORIDADES???? EN CONCIERTOS , FIESTAS , RALLIES !!!

  3. Osea, que si la vida de un ser inocente, cuesta 1 año de prisión para este «animal» que se la quitó, cuanto valdrá la vida de esta basura que le arrebató la vida?
    Y por lo tanto, cuanto creéis que valen vuestras vidas, aquellos que juzgais.?.
    Indudablemente que las leyes humanas están corrompidas y manchadas de sangre en manos de aquellos que se hacen llamar jueces. Y que ante los ojos de la Divinidad producirán vómitos.

    • Cámara Enfoque no…no va a pasar ni un día en prisión, porque no tiene antecedentes y la pena es inferior a dos años …

      • Soraya Cantarero Rivera asi es. Como de costumbre, la podrida justicia adaptada al beneficio del infractor.

  4. La violencia vicaria es una forma de violencia de género por la cual los hijos e hijas de las mujeres víctimas de violencia de género son instrumentalizados como objeto para maltratar y ocasionar dolor a sus madres.

  5. 12 meses poco!!! No entrara en prisión lamentablemente al no superar los 2 años de condena. Pero es ejemplar, es un paso en la buena dirección.

  6. Al final el juicio quedó suspendido por éste, no tener antecedentes pero sí mató al animalito. Ésta ley de M debe cambiar, dado que si la persona delinca de la forma que sea debe de pagarlo independientemente si ha tenido o no con anterioridad antecedentes, fue un juicio rápido dicen y éste cerdo aceptó saliéndose con la suya al haber matado a un perrito por dañar a su pareja. Tampoco entiendo las mujeres que se meten con éstas clases de engendros. Porque las señales ya estaban antes!.Media: https://www.facebook.com/photo.php?fbid=771572025797931&set=p.771572025797931&type=3

  7. Bueno, ahora que condenaron al hombre que nos devuelva la mujer el dinero que se invirtió en ella en los 90 días esos de tratamiento a todos los que trabajamos

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